Por: América RomualdoFeminista Salvadoreña
Un balance del cumplimiento de los compromisos internacionales
Para iniciar esta intervención sobre las fortalezas, debilidades y desafíos en la aplicación de la normativa en materia de violencia contra la mujer, es indispensable reconocer el continuo trabajo de las organizaciones de mujeres desde lo local, nacional e internacional, esta fuerza de la mujeres organizadas a todos lo niveles en el mundo ha sido la fuente dinamizadora de la implementación de legislación y política para el desarrollo de las mujeres, reconociendo que ha sido la acción incasable y creativa de la lucha de las mujeres Salvadoreñas la que logro visibilizar y colocar en la agenda publica y política del el salvador la grave problemática de la violencia contra las mujeres en todas sus formas.
Las valoraciones en esta ponencia la centrare sobre la base a los acuerdos internacionales adquiridos por el gobierno salvadoreño, ya que considero que es oportuno hacerlo como un balance de los compromisos que el estado Salvadoreño ha adquirido en materia de derechos humanos de las mujeres y en especial de la erradicación de la violencia contra ellas.

Condenar la discriminación contra la mujer en todas sus formas y que entenderá por "discriminación contra la mujer" “toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.”, al ratificar la Convención sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación contra la mujer (CEDAW) y adquirió los compromisos específicos para el cumplimiento de este propósito, así, intentare hacer una valoración de los niveles de cumplimiento de dichos compromisos, centrándome en las tareas especificas en las que el estado debe involucrase, para aclaración se entiende que el compromiso es de todos los órganos del estado salvadoreño.
Al examinar los compromisos de los artículos de la CEDAW, tenemos los siguientes aspectos que considero relevantes abordar si se quiere trabajar por la erradicación de la violencia contra las mujeres, además, se debería hacer un exhaustivo trabajo de verificación de todos lo compromisos relativos a la salud, empleo, etc. para verificar si efectivamente la legislación salvadoreña logró armonizarse al espíritu de esta convención.
Antes de examinar los compromisos seleccionados, considero importante establecer que para que un estado realmente logre avances en este sentido debe comprender las dimensiones de la discriminación hacia las mujeres, reconocer su existencia y que las soluciones pasan por cambios normativos de toda índole pero siempre con la intención de hacer cambios culturales profundos, erradicando las nociones culturales de inferioridad de las mujeres.(DAR CLICK SOBRE EL CUADRO PARA VER LOS DATOS)
El otro instrumento que es necesario analizar es la Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer "CONVENCION DE BELEN DO PARA". en de Belem do para y los compromisos de país, fue ratificada por nuestro país en 1995, en el contexto de la cuarta conferencia sobre la mujer, que se realizó en Beijín. La Convención de Belem do Pará, es un importante aporte del derecho internacional ya que ubica la problemática del desarrollo de la mujer en uno de los aspectos que más lo han obstaculizado, la violencia sexista.
En la referida Convención se establece que “debe entenderse por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado.” Que dicha violencia incluye la violencia física, sexual y psicológica, de las cuales establece su contenido. Reafirma las derechos fundamentales que tiene una mujer por el hecho de ser persona y además establece el “derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado”, “que incluye, entre otros:
a. el derecho de la mujer a ser libre de toda forma de discriminación, y
b. el derecho de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación.”
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De las valoraciones anteriores sobre el cumplimiento de estas dos convenciones podemos concluir que se han realizado esfuerzos más sistemáticos en materia de violencia intrafamiliar, pero muy poco en otras formas de violencia contra la mujer, además han existido pocas iniciativas para cambiar aspectos culturales que favorecen la discriminación y la violencia contra las mujeres.Por otra parte es importante destacar la existencia de una Política Nacional de la Mujer, la cual el Instituto para el desarrollo de la mujer (ISDEMU) reconoce que debe ser un instrumento para la operativización de los compromisos de los acuerdos internacionales que el país ha adquirido, y que deberían ser ante todo compromisos adquiridos con las mujeres salvadoreñas para el desarrollo y para democracia del El Salvador. Así, el ISDEMU plantea que la PNM se basa en el marco de ratificación de compromisos internacionales y en los principios del Plan Social de Gobierno de desarrollar políticas públicas que mejoren la condición de la mujer y establezcan la equidad de género en el país. Esa voluntad fue expresada por el Gobierno de la República y la Asamblea Legislativa, al crear por Decreto Legislativo No. 644 en febrero de 1996 el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU) y, más concretamente, al establecer el mandato en el artículo 3 de su Ley de creación, que obliga al ISDEMU y por lo tanto al Gobierno de la República a elaborar y garantizar el cumplimiento de la Política Nacional de la Mujer.
Al examinar como todos esos compromisos internacionales se expresan en la PNM, nos encontramos que el “objetivo específico del Área de Violencia dentro de la Política Nacional de la Mujer, es prevenir y detectar el fenómeno de la violencia contra la mujer dando protección y atención a las víctimas, mediante acciones sustantivas basadas en la Normativa Internacional y Nacional vigentes, relativa a la violencia”, Del cual el ISDEMU platea que su compromiso normativo cubierto por la ley contra la violencia intrafamiliar y que la forma que previene y erradica la violencia contra las mujeres es el programa de saneamiento de las relaciones familiares, que desde su nombre nos indica el poco entendimiento de las causas e implicaciones de la violencia contra las mujeres en un país como El Salvador.
Por lo anteriormente expuesto, considero que los compromisos internacionales expresados en la política Nacional de la Mujer han sido retomados de una forma muy limitada y esta es una de las razones fundamentales de un estancamiento a todos los niveles, de acciones encaminadas a prevenir erradicar y sancionar la violencia contra las mujeres.
Subrayado de América RomualdoArticulo 1 de la CEDAW
Art. 1 Convención de Belem do Pará
Art. 5 Convención de Belem do Pará
Art. 6 Convención de Belem do Pará
Marco histórico de la Política Nacional de la Mujer www.isdemu.gob.sv
Área de violencia de la Política Nacional de la Mujer http://www.isdemu.gob.sv/
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